Vigilancia de la salud

Examen de Salud individual.
Examen de Salud periódico.
Examen de Salud tras baja prolongada.
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RIESGO Y TRABAJO, S.L. cuenta con 9 Unidades Básicas Sanitarias (UBS) permanentes y unidades móviles (consultar disponibilidad por zonas), acreditadas por la Autoridad Laboral y Sanitaria, para dar cumplimiento a los requisitos establecidos por la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales y por el Real Decreto 39/1997 por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, en lo referente a la vigilancia y control de la salud de los trabajadores de acuerdo a los protocolos y periodicidades reglamentariamente establecidos.
  • Vigilancia periódica del estado de la salud en función de los riesgos inherentes al puesto de trabajo, en aplicación del art. 37 del RD 39/1997.
  • Evaluación inicial de la salud de los trabajadores tras su incorporación al puesto de trabajo o después de la asignación de tareas específicas o nuevos riesgos para la salud.
  • Evaluación de la salud de los trabajadores que reanuden el trabajo tras una ausencia prolongada por motivos de salud, con la finalidad de descubrir sus eventuales orígenes profesionales y recomendar una acción apropiada para proteger a los trabajadores.
  • Vigilancia de la salud a intervalos periódicos.
  • Trabajadores de nueva incorporación (previo ingreso).
  • Información y formación en Vigilancia de la Salud.
  • Primeros auxilios.
  • Campañas de Promoción de la Salud.
  • Reconocimientos médicos V.I.P.
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